Reseña sobre las Reformas Borbónicas - 3



El siglo XVIII en España también se designa como la época de la Ilustración, particularmente en la segunda mitad de este siglo.

La Ilustración desarrolló en España corrientes propias muy significativas. Esta particularidad seguramente se puede explicar por el hecho de que los pensadores de la Ilustración española no rechazaron totalmente su “tradición nacional”. Hubo entonces, al contrario, una creciente revalorización de los valores tradicionales, como el idioma y el derecho español.

Este patriotismo, que confirió un fuerte carácter político a la Ilustración española, se expresó en el deseo de que España reconquistara su anterior florecimiento económico y su posición de potencia de primer orden en lo político. El objetivo principal de los españoles ilustrados (y no sólo de los estadistas) fue la reactivación de la economía del país, lo que directa o indirectamente impulsaría las medidas reformistas.

Estas medidas, se esperaba, debían partir del Estado y, en su caso, desde la persona de los monarcas. Por esto se trataba de reforzar la posición del rey y también de ampliar los medios de poder del Estado.

Con esto, se les asignó a los burócratas, sobre todo a los intendentes que tuvieron que considerar como tarea personal ocuparse de asuntos económicos, una importante función en las reformas políticas y económicas, ya que de su trabajo dependería en gran parte el éxito de las restantes medidas reformistas.

La iniciativa estatal no bastaría por sí sola para la realización del programa reformista y, por tanto, se promovió la participación activa de la población.

En este punto, llama la atención que la expectativas de los ilustrados españoles del s. XVIII en cuanto al desenvolvimiento económico y de la aplicación de las reformas, apenas se diferencian de las conceptualizaciones de los autores del siglo anterior.

Hay un reconocimiento del significado fundamental que tiene la agricultura y las medidas relativas a la distribución de tierras ociosas, la apertura de nuevos terrenos para la siembra, la promoción de un aumento de la población productiva agrícola y una modernización de los métodos de explotación en general. Esto también puede observarse en las proposiciones reformistas que se refieren a las labores manuales, así como en los planes de reorganización del ámbito de los impuestos, las proposiciones reformistas en el ámbito de lo social y la promoción de la introducción de nuevas técnicas productivas.

De todo ello, se deduce que los reformadores del siglo XVIII estaban más influidos por sus antecesores del siglo anterior de lo que se creía.

Se puede decir que la Ilustración española tuvo un marcado patriotismo, que buscaba el renacer de España. Esto sólo se consideraba posible mediante la revitalización de la economía, que a su vez crearía un mayor bienestar de grupos poblacionales más amplios. Para lograr esto se debían tomar medidas reformistas no sólo en el campo de lo económico, sino también, y previamente, en el campo de lo social y cultural, así como en la administración del Estado.

La política reformista se inició en el momento de asumir el poder Felipe V y trajo consigo rompimientos, sobre todo durante el reinado de Fernando VI, durante el siglo XVIII. Las numerosas medidas reformadoras que se tomaron en el reinado de Felipe, en relación con la organización civil y en el ámbito de los impuestos, así como la promoción del comercio y los oficios, a pesar de todo no se podían caracterizar como parte de la política influida por los conceptos de la Ilustración.

Estas reformas, especialmente las que se destinaban a dar mayor fuerza a la economía, llevaban todavía la marca de una política mercantilista. El punto culminante de la política reformista se alcanzó en el reinado de Carlos III, hacia la segunda mitad del siglo XVIII.

Durante el régimen de los reyes católicos, se unificaron los reinos de las coronas de Aragón y Castilla. Sin embargo, Aragón, Valencia y Cataluña conservaron en la época siguiente sus viejas instituciones. Uno de los principales cambios que Fernando e Isabel introdujeron en la organización interna de la monarquía fue el refuerzo de la autoridad real. Esto se logró mediante un proceso de debilitación del poder de la nobleza y el sometimiento de las ciudades. En la dirección de los consejos urbanos de Castilla se colocaron funcionarios de la Corona, los corregidores.

Esta figura sirvió para continuar la política centralizadora. El corregidor individual se desarrolló en medida creciente, desde ser un órgano de control central hasta llegar a ser el jefe de un municipio autónomo, con él como gobernador.

Los corregidores eran funcionarios con un periodo fijo de gobierno, establecido previamente y cobraban un salario. Su responsabilidad estaba en la administración de justicia, las funciones de policía, control de las finanzas urbanas, desarrollo económico de su jurisdicción, el aprovisionamiento de los abastos de la ciudad, la defensa de la ciudad y otras cuestiones por el estilo.

La administración de toda la monarquía estaba directamente en las manos de la burocracia de los llamados consejos que dependían del rey, cuya cantidad fue creciendo en el siglo XVI, tanto por la ampliación del poderío español, como por motivo del refuerzo de la autoridad real.
La autoridad central para Castilla era el Consejo de Castilla, que no solo era la suprema instancia para todos los asuntos de justicia, sino que además contaba con poderes muy extensos y era la mayor autoridad administrativa, y a cuyas órdenes estaban los corregidores.

En tanto, la administración de las antiguas provincias, autoridad a medio camino entre la autoridad municipal y la central, se había convertido en un puesto hereditario carente de las funciones administrativas concretas que tenía antes de la implementación de los corregidores.

La creación del Consejo de Hacienda significó el establecimiento de una autoridad central encargada de la administración de las finanzas de la Corona.

Este Consejo determinaba las cantidades pagaderas y su cuantía específica para grupos de personas o corporaciones. El cobro directo por parte de funcionarios reales sólo se realizaba en casos excepcionales. Normalmente eran recaudados por personal especial de cada área. Esta descentralización del cobro de impuestos, transferido principalmente a manos privadas o, al menos, a entidades autónomas, demostró su ineficiencia, ya que dejaba demasiado margen de abuso, que en el transcurso del siglo XVII la Corona no encontró manera de resolver.

Desde el punto de vista general, en el siglo XVII se dividían las tareas administrativas en cuatro áreas, las llamadas “cuatro causas”. La Causa de la Justicia, que abarcaba la legislación en derecho y la administración de justicia. La Causa de Policía, que se ocupaba de las tareas policiales de cuidado de la seguridad pública. La Causa de Hacienda, con tareas relacionadas al cobro y exacción de impuestos debidas a la Corona, como también de su administración. Finalmente, la Causa de Guerra, ocupada de las tareas de conscripción y adiestramiento del ejército.

Los dos primeros ámbitos mencionados estaban bajo la dirección central del Gobierno de Castilla, en tanto que los otros dos niveles estaban bajo el control de los corregidores.

Al agotarse la casa de Habsburgo con Carlos II, y ascender Felipe V (de los Borbones) al poder, los reinos de la corona de Aragón se declararon a favor del pretendiente al trono, Carlos, de la línea habsburga – vienesa. Después Felipe, en el curso de la guerra de sucesión , logró someter a los reinos aragoneses, y basado en su desobediencia y apoyado en las victorias militares conseguidas abolió sus privilegios y los sometió al derecho de Castilla.

Con esto, en Aragón, Cataluña y Valencia se introdujo el sistema de de administración castellana, y finalmente se logró la integración institucional de España.

Una de las principales innovaciones del sistema burocrático administrativo central, que aparentemente siguió el modelo francés, fue la creación de un Consejo de Gabinete, en el que se tomaban todas las decisiones importantes. Comparado con las atribuciones conferidas a esta nueva autoridad, al parecer el Consejo de Estado perdió mucho de su significado como autoridad consejera política de la monarquía española.

Fuente: Horst Pietschmann. Las Reformas Borbónicas y el sistema de intendencias en Nueva España

Imagen: Felipe V de España. De Wikipedia